Prohibición de ejercer la facultad de nombramiento y contratación de personal en el sector público, en casos de parentesco, y su reglamento aprobado mediante Decreto Supremo Nº 021-2000-PCM

INFORME LEGAL Nº 048-2009-ANSC/OAJ

Para efectos de presumir la injerencia directa, califica como funcionario de dirección o personal de confianza, todo aquel que, ejerciendo un cargo jerárquico superior frente a otros, tiene algún nivel de influencia respecto a aquella persona que decide o contrata al personal al interior de la entidad, independientemente si dicho superior jerárquico puede ser clasificado como funcionario o servidor o cualquier otra categoría prevista en la Ley Nº 28175.

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