Sobre presunta incompatibilidad de ingresos

INFORME LEGAL Nº 042-2009-ANSC/OAJ

En efecto, toda vez que ambas marcos normativos utilizados por el Estado, tienen naturaleza distinta (la primera es de naturaleza laboral mientras que la segunda es estatutaria), y además implican relaciones, derechos, condiciones de trabajo, prohibiciones y procedimientos sancionadores disciplinarios, comunes en algunos temas, y a la vez completamente disimiles (o incluso incompatibles} en otras, cualquier respuesta sobre el particular, sin saber bajo que contexto se realiza, podría resultar incompleta, sesgada o incluso contradictoria con el sentido de la Ley.

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