Sobre capacitación de personal

INFORME LEGAL Nº 033-2009-ANSC/OAJ

Por aplicación del artículo 4º del Decreto Legislativo N° 1025 - Decreto que aprueba normas de capacitación y rendimiento para el sector público, corresponde a la Autoridad la función de planificar, desarrollar, así como gestionar y evaluar la política de capacitación para el sector público.

Conforme a las atribuciones antes indicadas, la Autoridad tiene que establecer las políticas generales en materia de capacitación de personal, en virtud de las cuales, el personal de la Biblioteca Nacional del Perú y de cualquier otra entidad pública, puede ser capacitada en aquellas materias donde se encuentren falencia de conocimientos. En efecto, como parte de una nueva política moderna y objetiva de capacitación de personal, se ha previsto promover el desarrollo e implementación de herramientas que permitan a las entidades la evaluación de sus propias necesidades de capacitación, que permitan optimizar la planificación en este campo.

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