INFORME LEGAL Nº 014-2009-ANSC/OAJ
En ese sentido, una vez establecido contractualmente el monto de la remuneración de un funcionario o servidor, la normativa presupuesta! prohibía expresamente el reajuste o incremento de dicha remuneración, inclusive dentro del tope o rango fijado para cada cargo en las respectivas escalas remunerativas.
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